Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte.
BOE-A-1995-9682 · Boletín Oficial del Estado, 1995-04-20 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 2/1994 está derogada desde el 2022-09-08: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/1994
- Fecha de la disposición
- 1994-12-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 94, 1995-04-20
- Entrada en vigor
- 1995-02-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2022-09-08
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 97
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-9682
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias, vengo en promulgar la siguiente Ley del deporte.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Promoción.
- Artículo 3. Líneas generales de actuación.
- Artículo 4. Colectivos de especial atención.
- Artículo 5. Descentralización, coordinación y eficacia.
- Artículo 6. Competencias del Principado.
- Artículo 7. Consejo de Gobierno.
- Artículo 8. Consejería.
- Artículo 9. Concejos.
- Artículo 10. Cesión de instalaciones deportivas.
- Artículo 11. Instalaciones financiadas por el Principado.
- Artículo 12. Censo de instalaciones deportivas.
- Artículo 13. Mancomunidades.
- Artículo 14. Consejo Asesor de Deportes.
- Artículo 15. Aprobación y ejecución.
- Artículo 16. Vigencia y contenido.
- Artículo 17. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 18. Convenios.
- Artículo 19. Normativa básica de instalaciones deportivas.
- Artículo 20. Accesibilidad y seguridad.
- Artículo 21. Especificaciones técnicas.
- Artículo 22. Información.
- Artículo 23. Seguros.
- Artículo 24. Concepto.
- Artículo 25. Clases.
- Artículo 26. Régimen jurídico.
- Artículo 27. Clubes deportivos.
- Artículo 28. Clases.
- Artículo 29. Concepto.
- Artículo 30. Certificado de identidad deportiva.
- Artículo 31. Normas de funcionamiento.
- Artículo 32. Concepto.
- Artículo 33. Régimen jurídico.
- Artículo 34. Desarrollo reglamentario.
- Artículo 35. Régimen jurídico.
- Artículo 36. Régimen jurídico.
- Artículo 37. Inscripción en Registro.
- Artículo 38. Régimen jurídico.
- Artículo 39. Concepto.
- Artículo 40. Ámbito.
- Artículo 41. Funcionamiento.
- Artículo 42. Estatutos.
- Artículo 43. Constitución.
- Artículo 44. Publicación.
- Artículo 45. Funciones públicas.
- Artículo 46. Patrimonio.
- Artículo 47. Gestión.
- Artículo 48. Ayudas.
- Artículo 49. Inspección.
- Artículo 50. Entidades de utilidad pública.
- Artículo 51. Naturaleza.
- Artículo 52. Secciones.
- Artículo 53. Efectos.
- Artículo 54. Funciones.
- Artículo 55. Titulación técnica deportiva oficial.
- Artículo 56. Programas de formación.
- Artículo 57. Condiciones de titulación.
- Artículo 58. Centro de formación de técnicos deportivos.
- Artículo 59. Clases.
- Artículo 60. Criterios de calificación.
- Artículo 61. Competiciones oficiales.
- Artículo 62. Expedición y efectos.
- Artículo 63. Asistencia y protección.
- Artículo 64. Control de sustancias y métodos prohibidos.
- Artículo 65. Deporte de alto nivel.
- Artículo 66. Ámbito.
- Artículo 67. Infracciones.
- Artículo 68. Potestad sancionadora.
- Artículo 69. Normas sancionadoras.
- Artículo 70. Infracciones muy graves.
- Artículo 71. Infracciones graves.
- Artículo 72. Infracciones leves.
- Artículo 73. Sanciones.
- Artículo 74. Sanciones de pruebas deportivas.
- Artículo 75. Circunstancias modificativas de responsabilidad.
- Artículo 76. Extinción de responsabilidad.
- Artículo 77. Prescripción de infracciones.
- Artículo 78. Prescripción de sanciones firmes.
- Artículo 79. Expediente sancionador.
- Artículo 80. Recursos.
- Artículo 81. Responsabilidad penal.
- Artículo 82. Naturaleza y funciones.
- Artículo 83. Recursos.
- Artículo 84. Composición y duración del mandato.
- Artículo 85. Designación y funcionamiento.
- Artículo 86. Sistemas.
- Artículo 87. Contenido mínimo.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición derogatoria única.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte. |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/1994?
- Ley 2/1994 está derogada desde el 2022-09-08: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/1994?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/1994?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.