Artículo 66. Ámbito.
Artículo 66 de la Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. · BOE-A-1995-9682
Atención: Ley 2/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El ámbito de la disciplina deportiva se extiende a las infracciones de las reglas del juego, prueba, actividad o competición y a las de conducta deportiva tipificadas en esta Ley, en sus disposiciones de desarrollo y en los estatutos o reglamentos de las entidades deportivas, aprobados por el órgano competente de la administración deportiva del Principado de Asturias.