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Ley Derogada

Artículo 34. Desarrollo reglamentario.

Artículo 34 de la Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. · BOE-A-1995-9682

Atención: Ley 2/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El régimen de los clubes deportivos básicos, en todo lo que no prevea esta Ley, o dependa de la voluntad de sus miembros, se establecerá reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-03.

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