Artículo 15. Aprobación y ejecución.
Artículo 15 de la Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. · BOE-A-1995-9682
Atención: Ley 2/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del Plan Regional de Instalaciones Deportivas del Principado de Asturias.
Su ejecución podrá llevarse a cabo en colaboración con la Administración del Estado, concejos y entidades de interés público.