Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte.
BOE-A-2022-11961 · Boletín Oficial del Estado, 2022-07-19 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 5/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 5/2022, de 29 de junio, regula la actividad física y el deporte en el Principado de Asturias, estableciendo un marco normativo que promueve la actividad física como un derecho de todos los ciudadanos. Esta ley es aplicable a todas las personas que residen en Asturias desde su entrada en vigor, que se establece a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial.
Entre los puntos clave de la ley, se destaca la obligación de las administraciones de fomentar la práctica deportiva en igualdad de condiciones, garantizando el acceso a instalaciones adecuadas y promoviendo el deporte en edad escolar y para personas con discapacidad. Además, se establece un régimen sancionador para infracciones relacionadas con la actividad física y el deporte, así como la creación de un Comité Asturiano de Justicia Deportiva para resolver conflictos en este ámbito. También se prohíbe la publicidad de juegos y apuestas en instalaciones deportivas públicas. La ley deroga la anterior Ley del Principado de Asturias 2/1994, de 29 de diciembre, del Deporte, actualizando así el marco legal para adaptarse a las nuevas realidades sociales y deportivas.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-06-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 172, 2022-07-19
- Entrada en vigor
- 2022-09-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 141
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-11961
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias de Actividad Física y Deporte.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Objetivos generales.
- Artículo 4. Principios rectores.
- Artículo 5. Principio de igualdad en la actividad física y el deporte.
- Artículo 6. Interés general de la actividad física y el deporte.
- Artículo 7. Derechos y deberes en la práctica de la actividad física y el deporte.
- Artículo 8. Consejo de Gobierno.
- Artículo 9. Consejería competente en materia de actividad física y deporte.
- Artículo 10. Dirección General competente en materia de actividad física y deporte.
- Artículo 11. Comisión Intersectorial de la actividad física y el deporte.
- Artículo 12. Consejo Asesor de la Actividad Física y el Deporte del Principado de Asturias.
- Artículo 13. Observatorio Asturiano de la Actividad Física y el Deporte.
- Artículo 14. Comité Asesor de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar del Principado de Asturias.
- Artículo 15. Competencias de los concejos.
- Artículo 16. Deportistas.
- Artículo 17. Clases.
- Artículo 18. Régimen jurídico.
- Artículo 19. Clubes deportivos asturianos.
- Artículo 20. Clases.
- Artículo 21. Concepto y requisitos para su constitución.
- Artículo 22. Certificado de identidad deportiva.
- Artículo 23. Normas de funcionamiento.
- Artículo 24. Concepto.
- Artículo 25. Régimen jurídico.
- Artículo 26. Desarrollo reglamentario.
- Artículo 27. Régimen jurídico.
- Artículo 28. Inscripción en el Registro.
- Artículo 29. Régimen jurídico.
- Artículo 30. Concepto.
- Artículo 31. Ámbito de actuación.
- Artículo 32. Funcionamiento.
- Artículo 33. Estatutos.
- Artículo 34. Constitución.
- Artículo 35. Publicación.
- Artículo 36. Funciones públicas.
- Artículo 37. Facultades de control sobre las federaciones deportivas asturianas.
- Artículo 38. Patrimonio.
- Artículo 39. Gestión.
- Artículo 40. Disolución.
- Artículo 41. Noción de actividad física y deporte universitario.
- Artículo 42. Autonomía universitaria.
- Artículo 43. Colaboración administrativa. Participación en competiciones oficiales federadas.
- Artículo 44. Deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
- Artículo 45. Medidas de fomento y apoyo y condiciones.
- Artículo 46. Programas de tecnificación deportiva y servicios de apoyo.
- Artículo 47. Deporte en edad escolar.
- Artículo 48. Principios del deporte en edad escolar.
- Artículo 49. Igualdad en la actividad física y el deporte en edad escolar.
- Artículo 50. Protección del deportista menor de edad.
- Artículo 51. Deporte extraescolar y valores cívicos.
- Artículo 52. Licencia para los Juegos Deportivos del Principado de Asturias.
- Artículo 53. Prohibición de derechos de representación, retención y formación.
- Artículo 54. Deporte para menores con discapacidad.
- Artículo 55. Plan de Deporte en Edad Escolar del Principado de Asturias.
- Artículo 56. Objetivos.
- Artículo 57. Centros escolares.
- Artículo 58. Juegos Deportivos del Principado de Asturias.
- Artículo 59. Campeonatos y competiciones oficiales.
- Artículo 60. Competiciones experimentales.
- Artículo 61. Competiciones adaptadas.
- Artículo 62. Competencia.
- Artículo 63. Distintivo de calidad.
- Artículo 64. Naturaleza.
- Artículo 65. Secciones.
- Artículo 66. Efectos.
- Artículo 67. Funciones.
- Artículo 68. Titulaciones deportivas y derecho a la seguridad y salud de las personas consumidoras o usuarias.
- Artículo 69. Seguro de responsabilidad civil.
- Artículo 70. Formación y enseñanzas deportivas.
- Artículo 71. Derechos de formación.
- Artículo 72. Investigación en materia de actividad física y deporte.
- Artículo 73. Actividades deportivas populares.
- Artículo 74. Deporte federado.
- Artículo 75. Voluntariado deportivo.
- Artículo 76. Selecciones del Principado de Asturias.
- Artículo 77. Clases de actividades deportivas.
- Artículo 78. Competiciones oficiales.
- Artículo 79. Competiciones no oficiales.
- Artículo 80. Derechos de explotación.
- Artículo 81. Licencias deportivas y títulos habilitantes.
- Artículo 82. Control y listas de sustancias, elementos tecnológicos y métodos prohibidos.
- Artículo 83. Control del dopaje.
- Artículo 84. Control de la salud de los deportistas.
- Artículo 85. Garantía de los derechos de las personas deportistas.
- Artículo 86. Medidas de prevención, control y represión.
- Artículo 87. Integridad en el deporte.
- Artículo 88. Aprobación y ejecución del Plan Director de Instalaciones Deportivas del Principado de Asturias.
- Artículo 89. Contenido.
- Artículo 90. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 91. Normativa básica de las instalaciones deportivas.
- Artículo 92. Convenios.
- Artículo 93. Uso de las instalaciones deportivas.
- Artículo 94. Instalaciones financiadas por el Principado de Asturias.
- Artículo 95. Censo de Instalaciones Deportivas.
- Artículo 96. Accesibilidad y seguridad.
- Artículo 97. Información sobre datos técnicos de la instalación.
- Artículo 98. Seguros.
- Artículo 99. De la autonomía de las instalaciones dependientes de la Dirección General competente en materia de actividad física y deporte.
- Artículo 100. Estaciones Invernales y de Montaña del Principado de Asturias.
- Artículo 101. Inspección deportiva.
- Artículo 102. El régimen sancionador administrativo en materia deportiva.
- Artículo 103. Clases de infracciones.
- Artículo 104. Sujetos responsables.
- Artículo 105. Efectos y clases de sanciones.
- Artículo 106. Sanciones aplicables.
- Artículo 107. Prescripción de las infracciones y sanciones.
- Artículo 108. Procedimiento sancionador y órganos competentes.
- Artículo 109. Clases de conflictos y órganos competentes para su solución.
- Artículo 110. Infracciones.
- Artículo 111. Normas sancionadoras.
- Artículo 112. Infracciones leves.
- Artículo 113. Infracciones graves.
- Artículo 114. Infracciones muy graves.
- Artículo 115. Sanciones.
- Artículo 116. Circunstancias modificativas de responsabilidad.
- Artículo 117. Extinción de responsabilidad.
- Artículo 118. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 119. Procedimiento sancionador.
- Artículo 120. Recursos.
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. |
| Modifica | Ley 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas. |
| Deroga | Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2022?
- Ley 5/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.