Artículo 99. De la autonomía de las instalaciones dependientes de la Dirección General competente en materia de actividad física y deporte.
Artículo 99 de la Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte. · BOE-A-2022-11961
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-08.
Texto consolidado
1. Las instalaciones deportivas dependientes directamente de la Dirección General competente en materia de actividad física y deporte dispondrán de autonomía de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente ley y en las normas que la desarrollen.
2. Las instalaciones deportivas dependientes directamente de la Dirección General competente en materia de actividad física y deporte dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar su proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento de la instalación.