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Ley Vigente

Artículo 22. Certificado de identidad deportiva.

Artículo 22 de la Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte. · BOE-A-2022-11961

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-08.

Texto consolidado

1. La constitución de un equipo deportivo dará derecho a obtener de la Administración del Principado de Asturias un certificado de identidad deportiva para los fines y en las condiciones a que se refieren los apartados siguientes de este artículo.

2. El certificado de identidad deportiva es el documento que permite acreditar al equipo deportivo ante todas las instancias públicas, privadas y federativas y obtener la protección del Principado de Asturias, a los exclusivos efectos federativos, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

3. El certificado de identidad deportiva se expedirá por el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias y tendrá una validez temporal limitada, de acuerdo con lo que se establezca en las disposiciones de desarrollo de la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-09-08.

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