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Ley Derogada

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta de la Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. · BOE-A-1995-9682

Atención: Ley 2/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Registro de Federaciones Deportivas, el Registro de Clubes Deportivos y el Registro de Agrupaciones Deportivas del Principado de Asturias se refundirán en un único Registro de Entidades Deportivas, de acuerdo con lo previsto en el Título V de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-03.

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