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Ley Derogada

Artículo 83. Recursos.

Artículo 83 de la Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. · BOE-A-1995-9682

Atención: Ley 2/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las resoluciones del Comité Asturiano de Disciplina Deportiva agotan la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.

2. Sus resoluciones se ejecutarán, en su caso, a través de la federación deportiva asturiana correspondiente, que será responsable de su estricto y adecuado cumplimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-03.

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