Artículo 75. Circunstancias modificativas de responsabilidad.
Artículo 75 de la Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte. · BOE-A-1995-9682
Atención: Ley 2/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las circunstancias que modifican la responsabilidad disciplinaria deportiva pueden ser atenuantes o agravantes.
2. Son circunstancias atenuantes el arrepentimiento espontáneo y el haber precedido, inmediatamente a la comisión de la infracción, una provocación suficiente.
3. Son circunstancias agravantes la reincidencia y el precio.