Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia.
BOE-A-2004-742 · Boletín Oficial del Estado, 2004-01-14 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 7/2003 está derogada desde el 2008-09-24: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-12-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 12, 2004-01-14
- Entrada en vigor
- 2004-02-19
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2008-09-24
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 168
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-742
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución española reconoce, en su artículo 43, el derecho de los ciudadanos a la protección de la salud, responsabilizando a los poderes públicos de la organización y tutela de la salud pública a través de medidas preventivas y de prestaciones y servicios necesarios, estableciendo en el mismo precepto que la ley determinará los derechos y deberes de todos al respecto. En desarrollo de dichas previsiones, las Cortes Generales dictaron la Ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública; la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad; la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del medicamento, y la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del sistema nacional de salud, que junto con la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, constituyen el marco legal básico al que debe ajustarse el…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Alcance de la ley.
- Artículo 3. Marco institucional.
- Artículo 4. Definición.
- Artículo 5. Dirección.
- Artículo 6. Principios.
- Artículo 7. Ordenación territorial.
- Artículo 8. Distritos hospitalarios.
- Artículo 9. Zonas de atención primaria.
- Artículo 10. Principios.
- Artículo 11. Concepto.
- Artículo 12. Funciones.
- Artículo 13. Dirección.
- Artículo 14. Centros y servicios.
- Artículo 15. Aseguramiento.
- Artículo 16. Concepto.
- Artículo 17. Hospitales privados integrados en la red.
- Artículo 18. Incompatibilidades.
- Artículo 19. Utilización de centros y servicios que no pertenecen a la red.
- Artículo 20. Competencias del Consello de la Xunta de Galicia.
- Artículo 21. Competencias de la Consellería de Sanidad.
- Artículo 22. Instrumentos de actuación.
- Artículo 23. Marco legal.
- Artículo 24. Competencias.
- Artículo 25. Participación.
- Artículo 26. Delegación de competencias en las entidades locales.
- Artículo 27. Condiciones para la delegación de competencias.
- Artículo 28. De las actuaciones de la Xunta en relación con la Unión Europea.
- Artículo 29. De las relaciones de cooperación con la Administración del Estado.
- Artículo 30. De las relaciones de cooperación con otras comunidades autónomas.
- Artículo 31. De las relaciones con las comunidades gallegas en el exterior.
- Artículo 32. Naturaleza.
- Artículo 33. Centros y servicios.
- Artículo 34. Fines.
- Artículo 35. Funciones.
- Artículo 36. Actuaciones.
- Artículo 37. Estructura orgánica.
- Artículo 38. La separación de funciones.
- Artículo 39. La compra de servicios sanitarios.
- Artículo 40. El contrato de servicios sanitarios.
- Artículo 41. Mínimos del contrato de servicios sanitarios.
- Artículo 42. La provisión de asistencia sanitaria.
- Artículo 43. Instrumentos de organización y gestión.
- Artículo 44. Las áreas de servicio compartido.
- Artículo 45. La gestión clínica.
- Artículo 46. Medios materiales.
- Artículo 47. Patrimonio.
- Artículo 48. Régimen jurídico del patrimonio.
- Artículo 49. Tráfico jurídico del patrimonio.
- Artículo 50. Inventario.
- Artículo 51. Régimen financiero.
- Artículo 52. Presupuesto.
- Artículo 53. Contabilidad.
- Artículo 54. Régimen de control.
- Artículo 55. Principios generales en materia de personal.
- Artículo 56. Ámbito y régimen jurídico.
- Artículo 57. Provisión de personal en el Servicio Gallego de Salud.
- Artículo 58. Ámbito de la prestación de servicios.
- Artículo 59. Carrera profesional.
- Artículo 60. Plantilla de personal.
- Artículo 61. Sistema retributivo.
- Artículo 62. Función directiva.
- Artículo 63. Funciones de las distintas categorías del personal.
- Artículo 64. Relaciones con otros regímenes de personal.
- Artículo 65. Homologación de las condiciones de trabajo.
- Artículo 66. Organización del personal.
- Artículo 67. Estructura directiva.
- Artículo 68. Organización.
- Artículo 69. Disposiciones generales.
- Artículo 70. Naturaleza.
- Artículo 71. Creación o modificación.
- Artículo 72. Disposiciones generales sobre organización y funcionamiento.
- Artículo 73. Régimen jurídico de los actos administrativos.
- Artículo 74. Responsabilidad patrimonial.
- Artículo 75. Asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio.
- Artículo 76. Objeto y ámbito del plan.
- Artículo 77. Contenido.
- Artículo 78. Elaboración y evaluación.
- Artículo 79. Aprobación.
- Artículo 80. Vigencia.
- Artículo 81. Criterios generales.
- Artículo 82. Actuaciones.
- Artículo 83. Marco legal.
- Artículo 84. Actuaciones.
- Artículo 85. Funciones.
- Artículo 86. Limitaciones preventivas.
- Artículo 87. Intervención administrativa en protección de la salud y prevención de la enfermedad.
- Artículo 88. Autoridad sanitaria e inspección.
- Artículo 89. Red de hemodonación y hemoterapia de Galicia.
- Artículo 90. Centro de Transfusión Sanguínea de Galicia.
- Artículo 91. Servicios de transfusión.
- Artículo 92. Principios generales.
- Artículo 93. Otras posibilidades asistenciales.
- Artículo 94. Concepto.
- Artículo 95. Ámbito.
- Artículo 96. Alcance.
- Artículo 97. Atención pediátrica.
- Artículo 98. Fisioterapia.
- Artículo 99. Atención a la salud bucodental.
- Artículo 100. Concepto y ámbito.
- Artículo 101. Alcance.
- Artículo 102. Salud mental.
- Artículo 103. Atención continuada y emergencias.
- Artículo 104. Atención sociosanitaria.
- Artículo 105. Competencias de la Xunta de Galicia.
- Artículo 106. De la asistencia sanitaria pública.
- Artículo 107. Centros, establecimientos y programas de tratamiento.
- Artículo 108. Catálogo de programas de tratamiento.
- Artículo 109. Criterios de actuación.
- Artículo 110. Las prestaciones farmacéuticas.
- Artículo 111. Concepto y ámbito.
- Artículo 112. Prestación ortoprotésica.
- Artículo 113. Transporte sanitario.
- Artículo 114. Otras prestaciones complementarias.
- Artículo 115. Información y documentación sanitaria.
- Artículo 116. Protección del honor e intimidad personal y familiar.
- Artículo 117. Confidencialidad de los datos sanitarios.
- Artículo 118. Participación.
- Artículo 119. Órganos de participación comunitaria.
- Artículo 120. Naturaleza.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 72.1 y SE AÑADE la disposición adicional 4, por Ley 14/2004, de 29 de diciembre |
| Se modifica | el art. 37.1.b), por Ley 7/2005, de 29 de diciembre |
| Se deroga | Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. |
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2003?
- Ley 7/2003 está derogada desde el 2008-09-24: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2003?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.