Artículo 11. Concepto.
Artículo 11 de la Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia. · BOE-A-2004-742
Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La red gallega de atención sanitaria de utilización pública está configurada por el conjunto de recursos, actividades, servicios y prestaciones, de naturaleza pública o privada, financiados públicamente, que contribuyen a hacer efectivo el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con sujeción a los principios del sistema sanitario de Galicia.