Artículo 42. La provisión de asistencia sanitaria.
Artículo 42 de la Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia. · BOE-A-2004-742
Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por función de provisión se entiende el gobierno, dirección y gestión de los centros, servicios y establecimientos propios y adscritos al Servicio Gallego de Salud.