Artículo 5. Dirección.
Artículo 5 de la Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia. · BOE-A-2004-742
Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La dirección del sistema sanitario de Galicia es competencia de la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Sanidad, y tiene como principales funciones de carácter estratégico las siguientes:
1. Las intervenciones que supongan ejercicio de autoridad necesarias para garantizar la tutela general de la salud pública.
2. La ordenación de las relaciones con las personas que gozan del derecho a las prestaciones sanitarias de cobertura pública.
3. La fijación de objetivos de mejora de la salud.
4. La delimitación del dispositivo de medios de titularidad pública o adscritos al sistema, según las necesidades de salud de la población.