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Ley Derogada

Artículo 5. Dirección.

Artículo 5 de la Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia. · BOE-A-2004-742

Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La dirección del sistema sanitario de Galicia es competencia de la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Sanidad, y tiene como principales funciones de carácter estratégico las siguientes:

1. Las intervenciones que supongan ejercicio de autoridad necesarias para garantizar la tutela general de la salud pública.

2. La ordenación de las relaciones con las personas que gozan del derecho a las prestaciones sanitarias de cobertura pública.

3. La fijación de objetivos de mejora de la salud.

4. La delimitación del dispositivo de medios de titularidad pública o adscritos al sistema, según las necesidades de salud de la población.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-02-19.

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