Artículo 28. De las actuaciones de la Xunta en relación con la Unión Europea.
Artículo 28 de la Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia. · BOE-A-2004-742
Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En las materias objeto de la presente ley, corresponde a la Xunta de Galicia la transposición, el desarrollo y la ejecución de la normativa comunitaria en aquellos ámbitos que sean propios de su competencia al amparo de lo previsto en la Constitución y en el Estatuto de autonomía de Galicia.
2. La Xunta de Galicia participará de modo efectivo en el proceso de formación de la voluntad del Estado español en orden a la adopción de decisiones y la emisión de actos normativos por los órganos de la Comunidad Europea que afecten a las materias objeto de la presente ley, en los términos previstos en las leyes y en los convenios que se establezcan con la Administración del Estado.