Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.
BOE-A-2008-14134 · Boletín Oficial del Estado, 2008-08-21 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 8/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-07-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 202, 2008-08-21
- Entrada en vigor
- 2008-09-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-04
- Artículos
- 178
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-14134
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
PREÁMBULO
1
Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 148 y 149 de la Constitución española y en el artículo 33 del Estatuto de autonomía de Galicia, es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de sanidad interior, así como en materia de Seguridad Social, salvo las normas que configuran su régimen económico, y también, a tenor de lo dispuesto en el artículo 28 del Estatuto, en materia de establecimientos farmacéuticos. La comunidad autónoma podrá organizar y administrar para tales fines y dentro de su territorio todos los servicios relacionados con las materias antes expresadas, ejerciendo la tutela de las instituciones, entidades y fundaciones en materia de sanidad y Seguridad Social.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Alcance.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria.
- Artículo 5. Derechos sanitarios.
- Artículo 6. Derechos relacionados con la integridad e intimidad de la persona.
- Artículo 7. Derechos relacionados con el acompañamiento del o la paciente.
- Artículo 8. Derechos relacionados con la autonomía de decisión.
- Artículo 9. Derechos relacionados con la confidencialidad e información.
- Artículo 10. Derechos relacionados con la documentación sanitaria.
- Artículo 11. Derechos relacionados con las sugerencias y reclamaciones.
- Artículo 12. Derechos relacionados con la prestación de servicios sanitarios por parte del Sistema Público de Salud de Galicia.
- Artículo 13. Derechos relacionados con la participación.
- Artículo 14. Derechos relacionados con grupos especiales.
- Artículo 15. Deberes.
- Artículo 16. Garantías normativas y de organización.
- Artículo 17. Garantías de sostenibilidad.
- Artículo 18. Objeto y naturaleza.
- Artículo 19. Ámbito de actuación.
- Artículo 20. Actuaciones.
- Artículo 21. Facultades.
- Artículo 22. Aspectos generales.
- Artículo 23. Órganos de participación social.
- Artículo 24. Consejo Gallego de Salud.
- Artículo 25. Los consejos de salud de área.
- Artículo 25 bis. Los consejos de salud de distrito.
- Artículo 26. Otras formas de participación social: las comisiones de participación ciudadana.
- Artículo 26 bis. Los consejos asesores de pacientes.
- Artículo 27. Del voluntariado.
- Artículo 28. Foro de Participación Institucional de Sanidad.
- Artículo 29. Derechos y deberes en el ejercicio de la participación institucional.
- Artículo 30. Sistema Público de Salud de Galicia.
- Artículo 31. Dirección del Sistema Público de Salud de Galicia.
- Artículo 32. Principios rectores del Sistema Público de Salud de Galicia.
- Artículo 33. Autoridad sanitaria.
- Artículo 34. Intervenciones públicas sobre actividades, centros y bienes.
- Artículo 35. Intervenciones públicas sanitarias en materia de salud laboral.
- Artículo 36. De las limitaciones impuestas en las intervenciones públicas sobre actividades.
- Artículo 37. De la inspección de servicios sanitarios y de salud pública.
- Artículo 38. Medidas preventivas en materia de salud pública.
- Artículo 38 bis. Intervención de centros de servicios sociales.
- Artículo 38 ter. Adopción de medidas preventivas en materia de salud pública.
- Artículo 38 quater. Protección de la salud pública a través de las nuevas tecnologías.
- Artículo 38 quinquies. Cooperación y colaboración administrativas en materia de salud pública.
- Artículo 39. Concepto y procedimiento.
- Artículo 39 bis. Sujetos responsables de las infracciones.
- Artículo 39 ter. Concurrencia con el proceso penal.
- Artículo 40. Calificación de las infracciones.
- Artículo 41. Infracciones leves.
- Artículo 41 bis. Infracciones leves en materia de salud pública.
- Artículo 41 ter. Infracciones leves en materia de violencia en el ámbito sanitario.
- Artículo 42. Infracciones graves.
- Artículo 42 bis. Infracciones graves en materia de salud pública.
- Artículo 42 ter. Infracciones graves en materia de violencia en el ámbito sanitario.
- Artículo 43. Infracciones muy graves.
- Artículo 43 bis. Infracciones muy graves en materia de salud pública.
- Artículo 43 ter. Infracciones muy graves en materia de violencia en el ámbito sanitario.
- Artículo 44. Sanciones.
- Artículo 44 bis. Sanciones en materia de salud pública.
- Artículo 44 ter. Sanciones en materia de violencia en el ámbito sanitario.
- Artículo 45. Competencia para la imposición de sanciones sanitarias.
- Artículo 45 bis. Competencia para sancionar las infracciones en materia de salud pública.
- Artículo 45 ter. Competencia para sancionar las infracciones en materia de violencia en el ámbito sanitario.
- Artículo 46. Medidas provisionales previas a la apertura del expediente sancionador.
- Artículo 46 bis. Medidas de adopción directa por los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
- Artículo 46 ter. Medidas provisionales durante el procedimiento sancionador.
- Artículo 47. Prescripción de infracciones y de sanciones.
- Artículo 48. Prestaciones sanitarias.
- Artículo 49. Salud pública.
- Artículo 50. Atención primaria.
- Artículo 51. Atención hospitalaria.
- Artículo 52. Atención a urgencias y emergencias.
- Artículo 53. Atención sociosanitaria.
- Artículo 54. Prestaciones farmacéuticas.
- Artículo 55. Prestaciones ortoprotésicas.
- Artículo 56. Transporte sanitario.
- Artículo 57. Productos dietéticos.
- Artículo 58. Prestaciones complementarias.
- Artículo 59. Prestaciones y servicios sanitarios financiados públicamente.
- Artículo 60. Cartera de servicios.
- Artículo 61. La estrategia gallega de salud.
- Artículo 62. Contenidos de la Estrategia gallega de salud.
- Artículo 63. Tramitación de la Estrategia gallega de salud.
- Artículo 64. Desarrollo sectorial de la Estrategia gallega de salud.
- Artículo 65. Desarrollo territorial de la Estrategia gallega de salud. Los planes de salud de área.
- Artículo 66. Los planes locales de salud.
- Artículo 67. Ordenación territorial.
- Artículo 68. Áreas sanitarias.
- Artículo 69. Distritos sanitarios.
- Artículo 70. Zonas sanitarias.
- Artículo 71. Sistema de Información de Salud de Galicia.
- Artículo 72. Evaluación del Sistema de Salud de Galicia.
- Artículo 73. Financiación.
- Artículo 74. El contrato de servicios sanitarios.
- Artículo 75. Consejo de la Xunta de Galicia.
- Artículo 76. Consellería de Sanidad.
- Artículo 77. Instrumentos de gestión de la Consellería de Sanidad y de los organismos dependientes de la misma.
- Artículo 78. Asesoramiento y consulta.
- Artículo 79. Organizaciones, entidades y centros públicos proveedores de servicios sanitarios.
- Artículo 80. Competencias de la Administración local.
- Artículo 81. Delegación de competencias en la Administración local.
- Artículo 82. Relación con otros países e instituciones internacionales sanitarias.
- Artículo 83. Actuación de la Xunta con la Unión Europea.
- Artículo 84. De las relaciones de cooperación con la Administración del Estado.
- Artículo 85. De las relaciones de cooperación con otras comunidades autónomas.
- Artículo 86. De las relaciones de cooperación con las comunidades gallegas en el exterior.
- Artículo 87. Autorización y acreditación de centros.
- Artículo 88. Complementariedad y subsidariedad del sector sanitario privado.
- Artículo 89. Mecanismo de relación con el Sistema Público de Salud de Galicia.
- Artículo 90. Gestión de los contratos de servicios con el sector privado de atención sanitaria.
- Artículo 91. Garantía de los derechos en el sector sanitario privado.
- Artículo 92. Naturaleza.
- Artículo 93. Centros y servicios.
- Artículo 94. Funciones.
- Artículo 95. Instrumentos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Gallego de Salud.
- Artículo 96. Órganos de administración.
- Artículo 97. Instrumentos de organización y gestión.
- Artículo 98. Régimen jurídico de los actos.
- Artículo 99. Medios materiales.
- Artículo 100. Patrimonio.
Normas que la modifican o afectan (22)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2008?
- Ley 8/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2008?
- El BOE registra 22 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.