Artículo 99. Medios materiales.
Artículo 99 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. · BOE-A-2008-14134
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-24.
Texto consolidado
El Servicio Gallego de Salud contará con los medios materiales precisos para el cumplimiento de los fines que la presente ley le atribuye.