Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia.
BOE-A-1985-5205 · Boletín Oficial del Estado, 1985-03-30 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 6/1984 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-13.
Resumen
La Ley 6/1984, de 5 de junio, regula la figura del Valedor del Pueblo de Galicia, un organismo encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas en la comunidad autónoma. Esta norma aplica a todos los ciudadanos de Galicia desde su promulgación en 1984.
Entre los puntos clave, el Valedor del Pueblo es elegido por el Parlamento de Galicia por un periodo de cinco años y actúa de manera autónoma, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Tiene la facultad de supervisar la actividad de la Administración pública gallega y de la Administración local en materias de su competencia, pudiendo investigar quejas presentadas por ciudadanos sobre el funcionamiento de estas administraciones. Además, el Valedor del Pueblo puede sugerir modificaciones normativas y formular recomendaciones a las autoridades, las cuales deben ser respondidas en un plazo determinado. La actividad del Valedor es gratuita para los interesados y no requiere asistencia legal para presentar quejas.
Esta ley no está derogada y sigue vigente, estableciendo un marco para la protección de los derechos de los ciudadanos en Galicia.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/1984
- Fecha de la disposición
- 1984-06-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 77, 1985-03-30
- Entrada en vigor
- 1984-08-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-10-13
- Artículos
- 45
- Identificador BOE
- BOE-A-1985-5205
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Regulada la Institución del Defensor del Pueblo por la Ley orgánica 3/1981, de 6 de abril, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 54 de la Constitución, y recogido en el artículo 14 del Estatuto Gallego el derecho de la Comunidad Autónoma a la creación y organización mediante Ley del Parlamento de Galicia de un órgano similar, resulta conveniente su creación y regulación para completar en materia tan relevante la institucionalización autonómica de Galicia y abrir nuevas vías que completen la garantía de los derechos que consagra el título I de la Constitución en el funcionamiento transparente y eficaz de la Administración Pública de Galicia.
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Disposición adicional.
- Disposición adicional bis.
- Disposición adicional ter.
- Disposición transitoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/1984?
- Ley 6/1984 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-10-13.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/1984?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/1984?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.