Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.
BOE-A-2000-14000 · Boletín Oficial del Estado, 2000-07-25 · Comunidad Autónoma de Cantabria
Ley 2/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2000
- Fecha de la disposición
- 2000-07-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 177, 2000-07-25
- Entrada en vigor
- 2000-07-12
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cantabria
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 102
- Identificador BOE
- BOE-A-2000-14000
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.o del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Objetivos y principios rectores de la política deportiva.
- Artículo 3. La Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 4. El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 5. La Consejería.
- Artículo 6. La Dirección General de Deporte.
- Artículo 7. La Administración local.
- Artículo 8. La Comisión Cántabra del Deporte.
- Artículo 9. La Junta de Conciliación Extrajudicial y Arbitraje.
- Artículo 10. Protección del deportista.
- Artículo 11. Plan autonómico de medicina deportiva.
- Artículo 12. La seguridad en la actividad deportiva.
- Artículo 13. La actividad física y deportiva en edad escolar y universitaria.
- Artículo 14. Protección del deporte de alto rendimiento.
- Artículo 15. El patrocinio deportivo.
- Artículo 16. Entidades deportivas de Cantabria.
- Artículo 17. Regulación.
- Artículo 18. Disolución de las entidades deportivas.
- Artículo 19. Enajenación de instalaciones deportivas.
- Artículo 20. Concepto, naturaleza y atribuciones.
- Artículo 21. Constitución, reconocimiento e inscripción de las federaciones deportivas cántabras.
- Artículo 22. Régimen jurídico.
- Artículo 23. Órganos de gobierno y representación.
- Artículo 24. Elecciones federativas.
- Artículo 25. Integración en las federaciones españolas.
- Artículo 26. Funciones.
- Artículo 27. Régimen económico-contable y documental.
- Artículo 28. Extinción.
- Artículo 29. Clubes deportivos.
- Artículo 30. Clubes deportivos elementales.
- Artículo 31. Clubes deportivos básicos.
- Artículo 32. Sociedades anónimas deportivas.
- Artículo 33. Clubes de entidades no deportivas.
- Artículo 34. Agrupaciones de clubes.
- Artículo 35. Escuelas deportivas.
- Artículo 36. Registro de entidades deportivas de Cantabria.
- Artículo 37. Clasificación.
- Artículo 38. Criterios para la calificación.
- Artículo 39. Competiciones deportivas oficiales.
- Artículo 40. Licencia deportiva personal.
- Artículo 41. Expedición de las licencias deportivas.
- Artículo 42. Selecciones cántabras.
- Artículo 43. El deporte escolar.
- Artículo 44. Investigación en el deporte.
- Artículo 45. Titulaciones deportivas.
- Artículo 46. Regulación de las enseñanzas de técnicos deportivos.
- Artículo 47. Escuela Cántabra del Deporte.
- Artículo 48. Centros privados de enseñanza de técnicos deportivos.
- Artículo 49. El censo cántabro de instalaciones deportivas.
- Artículo 50. Instalaciones deportivas de uso público.
- Artículo 51. Los establecimientos deportivos de carácter mercantil.
- Artículo 52. El plan director de instalaciones deportivas de Cantabria.
- Artículo 53. Propuesta y aprobación del plan director de instalaciones deportivas.
- Artículo 54. Convenios.
- Artículo 55. Programas de ayuda para las instalaciones deportivas.
- Artículo 56. Requisitos de idoneidad para la apertura y funcionamiento de las instalaciones deportivas.
- Artículo 57. Obligaciones de los organizadores y titulares de instalaciones deportivas.
- Artículo 58. Control de las sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
- Artículo 59. La Comisión Cántabra Anti-dopaje.
- Artículo 60. La obligatoriedad de los controles.
- Artículo 61. La prevención de la violencia en el deporte.
- Artículo 62. Naturaleza y funciones.
- Artículo 63. Concepto y ámbito de aplicación.
- Artículo 64. Concurrencia de responsabilidades.
- Artículo 65. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 66. Sujetos responsables.
- Artículo 67. Clases de sanciones.
- Artículo 68. Sanciones aplicables.
- Artículo 69. Criterios para la graduación.
- Artículo 70. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 71. Procedimiento sancionador.
- Artículo 72. Competencia sancionadora.
- Artículo 73. Ámbito de aplicación.
- Artículo 74. Definición de las infracciones en materia de disciplina deportiva.
- Artículo 75. Potestad disciplinaria.
- Artículo 76. Previsiones estatutarias.
- Artículo 77. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 78. Clases de infracciones.
- Artículo 79. Infracciones leves.
- Artículo 80. Infracciones graves.
- Artículo 81. Infracciones muy graves.
- Artículo 82. Sanciones aplicables.
- Artículo 83. Multas.
- Artículo 84. Causas de extinción o modificación de la responsabilidad disciplinaria deportiva.
- Artículo 85. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 86. Ejecución de las sanciones.
- Artículo 87. Concurrencia de responsabilidad penal y disciplinaria.
- Artículo 88. Régimen de actuación.
- Artículo 89. Composición.
- Artículo 90. Competencias.
- Artículo 91. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 92. Compensación Económica.
- Disposición adicional única. Actualización de la cuantía económica de las sanciones.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de estatutos y reglamentos de entidades deportivas.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de instalaciones y establecimientos deportivos.
- Disposición transitoria tercera. Constitución de la Comisión Cántabra del Deporte.
- Disposición transitoria cuarta. Renovación del Comité Cántabro de Disciplina Deportiva.
- Disposición transitoria quinta. Constitución de la Escuela Cántabra del Deporte.
- Disposición transitoria sexta. Tramitación de autorizaciones administrativas.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Normas de desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | art. 43.1, por Ley 10/2013, de 27 de diciembre |
| Se modifica | los arts. 71 y 77, por Ley 11/2018, de 21 de diciembre |
| Se modifica | el art. 23, por Ley 5/2019, de 23 de diciembre |
| Se modifica | los arts. 26 y 90, por Ley 12/2020, de 28 de diciembre |
| Se modifica | los arts. 2.2.e), 49 y 50, por Ley 11/2021, de 23 de diciembre |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Cantabria. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2000?
- Ley 2/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2000?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2000?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.