El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 29. Clubes deportivos.

Artículo 29 de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

Texto consolidado

1. A los efectos de la presente Ley, son clubes deportivos las asociaciones privadas, integradas por personas físicas o jurídicas, que tienen por objeto exclusivo o principal la promoción o la práctica de una o varias modalidades deportivas por sus asociados, así como la participación en actividades o competiciones deportivas de carácter oficial, profesional o aficionado.

2. Los clubes deportivos representan la base de la organización deportiva de la Comunidad de Cantabria. Las Administraciones públicas fomentarán y potenciarán su creación y desarrollo.

3. Los clubes deportivos se clasifican en:

a) Clubes deportivos elementales.

b) Clubes deportivos básicos.

c) Sociedades anónimas deportivas.

d) Clubes de entidades no deportivas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

Más artículos de Ley 2/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.