Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.
Texto consolidado
1. La presente Ley tiene por objeto regular la extensión, ordenación y promoción del deporte en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. A los efectos de esta Ley, se entenderá por deporte todo tipo de actividad física practicada libre y voluntariamente que, mediante una participación organizada o no, tenga por finalidad la expresión o la mejora de la condición física o psíquica, el desarrollo de la cohesión social mediante fórmulas de integración y de fomento de las relaciones sociales o el logro de resultados en competiciones de todos los niveles.