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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Adaptación de instalaciones y establecimientos deportivos.

Disposición transitoria segunda de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

Texto consolidado

Las instalaciones deportivas de uso público y establecimientos deportivos de carácter mercantil que se encuentren prestando servicios en el momento de publicación de esta Ley, habrán de adaptarse para cumplir los requisitos de idoneidad que se dispongan en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la norma de desarrollo correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

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