Artículo 11. Plan autonómico de medicina deportiva.
Artículo 11 de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.
Texto consolidado
A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, se elaborará un plan autonómico de medicina deportiva como instrumento de control médico preventivo, seguimiento, orientación y tutela sanitaria de los deportistas.