El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 74. Definición de las infracciones en materia de disciplina deportiva.

Artículo 74 de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

Texto consolidado

1. Son infracciones a las reglas de juego o de competición las acciones u omisiones que durante el curso del juego o competición vulneren, impidan o perturben su normal desarrollo.

2. Son infracciones a las normas generales deportivas las demás acciones u omisiones que, sin estar comprendidas en lo dispuesto en el apartado anterior, perjudiquen el desarrollo normal de las relaciones y actividades deportivas.

3. Tanto las infracciones a las reglas de juego o de competición como las referidas a la conducta deportiva deberán estar debidamente tipificadas en esta Ley y en sus normas de desarrollo o en las disposiciones reglamentarias de las entidades correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

Más artículos de Ley 2/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.