Artículo 47. Escuela Cántabra del Deporte.
Artículo 47 de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.
Texto consolidado
1. Se crea la Escuela Cántabra del Deporte que estará integrada orgánicamente en la Dirección General de Deporte, y tendrá como objetivo formar y mejorar a los deportistas y técnicos cántabros, con especial atención a los calificados como de alto rendimiento.
2. Reglamentariamente se establecerán sus cometidos y funcionamiento.