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Ley Vigente

Artículo 27. Régimen económico-contable y documental.

Artículo 27 de la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. · BOE-A-2000-14000

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

Texto consolidado

Las federaciones deportivas cántabras se someterán al régimen de presupuesto y patrimonio propios y no podrán aprobar presupuestos deficitarios salvo en casos excepcionales y debidamente autorizados por la Consejería competente en materia de deporte.

Reglamentariamente se regularán los regímenes económico-contable y documental de las federaciones deportivas cántabras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-12.

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