Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.
BOE-A-2003-13619 · Boletín Oficial del Estado, 2003-07-08 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 17/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 17/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-04-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 162, 2003-07-08
- Entrada en vigor
- 2003-07-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 103
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-13619
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Clases.
- Artículo 5. Autorización de la actividad.
- Artículo 6. Ordenaciones específicas.
- Artículo 7. Clases.
- Artículo 8. Autorización de la actividad.
- Artículo 9. Ordenaciones específicas.
- Artículo 10. Concepto y clases.
- Artículo 11. Declaración de zonas protegidas.
- Artículo 12. Reservas marinas de interés pesquero.
- Artículo 13. Zonas de acondicionamiento marino.
- Artículo 14. Zonas de repoblación marina.
- Artículo 15. Extracción de flora.
- Artículo 16. Obras, instalaciones y demás actividades en la mar.
- Artículo 17. Vertidos.
- Artículo 18. Prohibiciones.
- Artículo 19. Definición.
- Artículo 20. Distribución de competencias.
- Artículo 21. Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura.
- Artículo 22. Establecimientos acuícolas.
- Artículo 23. Especies.
- Artículo 24. Del ejercicio de la actividad.
- Artículo 25. Registro de Explotaciones Acuícolas.
- Artículo 26. Procedimiento de otorgamiento.
- Artículo 27. Vigencia.
- Artículo 28. Modificación.
- Artículo 29. Extinción.
- Artículo 30. Naturaleza.
- Artículo 31. Principios.
- Artículo 32. Condiciones esenciales.
- Artículo 33. Procedimiento.
- Artículo 34. Modificación.
- Artículo 35. Revisión.
- Artículo 36. Extinción.
- Artículo 37. Concepto y régimen jurídico.
- Artículo 38. Funciones.
- Artículo 39. Estatutos.
- Artículo 40. Miembros de las cofradías.
- Artículo 41. Creación, fusión y disolución de cofradías.
- Artículo 42. Órganos rectores.
- Artículo 43. Comisiones gestoras.
- Artículo 44. Naturaleza jurídica.
- Artículo 45. Funciones.
- Artículo 46. Creación y disolución.
- Artículo 47. Estatutos.
- Artículo 48. Órganos rectores.
- Artículo 49. Presupuesto.
- Artículo 50. Patrimonio y recursos.
- Artículo 51. Régimen contable.
- Artículo 52. Registro de cofradías y de federaciones.
- Artículo 53. Concepto.
- Artículo 54. Competencia.
- Artículo 55. Otorgamiento y retirada del reconocimiento.
- Artículo 56. Entidades asociativas y organizaciones sindicales.
- Artículo 57. Ámbito y objetivos.
- Artículo 58. Titulaciones.
- Artículo 58 bis. Personas que pueden desarrollar las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
- Artículo 58 ter. Lugares de realización de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
- Artículo 58 quater. Requisitos para el desarrollo de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
- Artículo 58 quinquies. Procedimiento de comunicación previa de inicio de las actividades de pesca-turismo y turismo marinero.
- Artículo 58 sexies. Procedimiento de autorización de actividades de turismo acuícola.
- Artículo 58 septies. Condicionantes del ejercicio de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
- Artículo 58 octies. Reconocimiento de embarcaciones e instalaciones.
- Artículo 58 novies. Seguimiento y control de la actividad.
- Artículo 59. Ámbito.
- Artículo 60. Fines.
- Artículo 61. Organización.
- Artículo 62. Disposiciones generales.
- Artículo 63. Cuerpo de Agentes de Inspección Pesquera.
- Artículo 64. Funciones.
- Artículo 65. Control e inspección.
- Artículo 66. Objeto y régimen jurídico.
- Artículo 67. Medidas provisionales.
- Artículo 68. De los bienes aprehendidos, incautados y de comisados.
- Artículo 69. Infracciones leves.
- Artículo 70. Infracciones graves.
- Artículo 71. Infracciones muy graves.
- Artículo 72. Infracciones leves.
- Artículo 73. Infracciones graves.
- Artículo 74. Infracciones muy graves.
- Artículo 74 bis. Infracciones leves.
- Artículo 74 ter. Infracciones graves.
- Artículo 74 quater. Infracciones muy graves.
- Artículo 75. Clases de sanciones en materia de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura.
- Artículo 76. Graduación de las sanciones en materia de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, y en materia de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo mar…
- Artículo 77. Sanciones accesorias en materia de pesca marítima en aguas interiores y marisqueo.
- Artículo 78. Sanciones accesorias en materia de acuicultura.
- Artículo 78 bis. Sanciones accesorias en materia de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
- Artículo 79. Competencia sancionadora.
- Artículo 80. Plazo de tramitación del procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Ordenación del sector pesquero y comercialización de los productos pesqueros.
- Disposición adicional segunda. Pruebas específicas de acceso al Cuerpo de Agentes de Inspección Pesquera.
- Disposición adicional tercera. Régimen económico de los institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquero.
- Disposición adicional cuarta. Colaboración en las funciones de inspección y vigilancia.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de las zonas protegidas de interés pesquero establecidas.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Funciones de los auxiliares de Inspección Pesquera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Actualización de las sanciones.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
| Deroga | el capítulo IV, sección 2 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 17/2003?
- Ley 17/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 17/2003?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 17/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.