El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 28. Modificación.

Artículo 28 de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias. · BOE-A-2003-13619

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-23.

Texto consolidado

1. Cualquier alteración de los presupuestos tenidos en cuenta para el otorgamiento exigirá la previa modificación de la autorización. Asimismo habrá lugar a la modificación de la autorización cuando así lo exija la adecuación a los planes o normas correspondientes.

2. Los derechos y obligaciones inherentes a toda autorización acuícola podrán ser transmitidos por actos inter vivos o mortis causa, siendo preceptiva su posterior comunicación al correspondiente cabildo insular.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-07-23.

Más artículos de Ley 17/2003

En El Vínculo puedes leer Ley 17/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.