Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.
BOE-A-2008-11791 · Boletín Oficial del Estado, 2008-07-11 · Comunidad Autónoma de Galicia
Decreto Legislativo 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-22.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-03-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 167, 2008-07-11
- Entrada en vigor
- 2008-06-14
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-22
- Artículos
- 122
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-11791
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición final primera de la Ley 13/2007, de 27 de julio, de modificación de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, autorizó al Gobierno gallego para que, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de dicha ley, aprobase un decreto legislativo que contuviese un texto único en el que se recogiese la Ley 4/1988, de 26 de mayo, y las sucesivas modificaciones realizadas a la misma.
Esta autorización no incluía la facultad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que debían ser refundidos.
En uso de dicha autorización se redactó el correspondiente texto refundido, en el que se incorporan al texto inicial de la Ley 4/1988 las modificaciones sufridas por ésta desde su entrada en vigor, así como algunas actualizaciones terminológicas y correcciones gramaticales que no inciden en el fondo de la disposición.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición adicional. Remisiones normativas a la Ley 4/1988.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- Disposición derogatoria.
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 30 bis.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Artículo 50.
- Artículo 50 bis.
- Artículo 51.
- Artículo 52.
- Artículo 53.
- Artículo 54.
- Artículo 55.
- Artículo 56. Servicios en otras administraciones públicas.
- Artículo 57. Excedencia voluntaria.
- Artículo 58.
- Artículo 59.
- Artículo 60.
- Artículo 61.
- Artículo 62.
- Artículo 63.
- Artículo 64.
- Artículo 65.
- Artículo 66.
- Artículo 67.
- Artículo 68.
- Artículo 69.
- Artículo 70.
- Artículo 71.
- Artículo 72.
- Artículo 73.
- Artículo 74.
- Artículo 75.
- Artículo 76.
- Artículo 77.
- Artículo 78.
- Artículo 79.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena.
- Disposición adicional décima.
- Disposición adicional undécima.
- Disposición adicional duodécima.
- Disposición adicional decimotercera.
- Disposición adicional decimocuarta.
- Disposición adicional decimoquinta.
- Disposición adicional decimosexta.
- Disposición adicional decimoséptima.
- Disposición adicional decimoctava.
- Disposición adicional decimonovena.
- Disposición adicional vigésima.
- Disposición adicional vigésimo primera.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición transitoria novena.
- Disposición transitoria décima.
- Disposición transitoria undécima.
- Disposición transitoria duodécima.
- Disposición transitoria decimotercera.
- Disposición transitoria decimocuarta.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (19)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2008?
- Decreto Legislativo 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-22.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2008?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.