Artículo 16.
Artículo 16 del Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia. · BOE-A-2008-11791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-14.
Texto consolidado
Es competencia de la conselleira o conselleiro de Economía y Hacienda:
1. Proponer al Consello de la Xunta de Galicia, dentro de la política general, económica y presupuestaria, las directrices a las que se deberán ajustar los gastos de personal de la Administración autónoma, y, de forma específica, la valoración, a efectos retributivos, de los puestos de trabajo previamente clasificados.
2. Autorizar cualquier medida relativa al personal que pueda suponer modificaciones en el gasto.