Artículo 36.
Artículo 36 del Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia. · BOE-A-2008-11791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-14.
Texto consolidado
El acceso a la función pública y a sus cuerpos o escalas se realizará mediante concurso, oposición o concurso-oposición libre, convocados públicamente y basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad, sin perjuicio de lo que, sobre la carrera administrativa, se dispone en esta ley. En la convocatoria será necesario tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, para la igualdad de mujeres y hombres.