El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Disposición adicional novena.

Disposición adicional novena del Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia. · BOE-A-2008-11791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-14.

Texto consolidado

Las personas funcionarias que, como consecuencia de los procesos de reasignación regulados en el apartado 6 del artículo 29.º, sean reasignadas por la consellería competente en materia de función pública a puestos de trabajo de menor nivel de complemento de destino del que tuviesen en el último puesto que obtuviesen por concurso tendrán derecho a la percepción de un complemento personal y transitorio equivalente a la diferencia de retribuciones entre ambos puestos, excepto, en su caso, a la productividad.

Esta reasignación a puestos de nivel inferior al que estuviesen desempeñando tendrá carácter de voluntaria para la persona interesada.

El complemento personal y transitorio se percibirá hasta que, de acuerdo con lo previsto en esta ley, obtengan puesto de trabajo por los procedimientos legalmente establecidos, estando, por otra parte, obligadas a participar en los correspondientes concursos que se convoquen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-14.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2008

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.