Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura.
BOE-A-2004-13376 · Boletín Oficial del Estado, 2004-07-17 · Comunidad Autónoma de Extremadura
Ley 5/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-06-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 172, 2004-07-17
- Entrada en vigor
- 2004-06-30
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Extremadura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 98
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-13376
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Incendios forestales.
- Artículo 3. Zona de Influencia Forestal.
- Artículo 4. Uso, disfrute y explotación de los terrenos forestales.
- Artículo 5. Zonas de Alto Riesgo de Incendios o de Protección Preferente.
- Artículo 6. Épocas de Peligro.
- Artículo 7. Competencias de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 8. Competencias de las Entidades Locales.
- Artículo 9. Cooperación interadministrativa.
- Artículo 10. Personal directivo de los Planes INFOEX y PREIFEX.
- Artículo 11. Obligaciones generales.
- Artículo 12. Obligaciones de los propietarios y titulares de derechos.
- Artículo 13. Colaboración de particulares y entidades sociales.
- Artículo 14. Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
- Artículo 15. Grupos Municipales o Mancomunados de Pronto Auxilio y equivalentes.
- Artículo 16. Adscripción.
- Artículo 17. Definición.
- Artículo 18. Instrumentos de planificación.
- Artículo 19. Obligatoriedad.
- Artículo 20. Vigencia y revisión.
- Artículo 21. Efectos.
- Artículo 22. Objeto y ámbito.
- Artículo 23. Contenido.
- Artículo 24. Aprobación.
- Artículo 25. Objeto y ámbito.
- Artículo 26. Contenido.
- Artículo 27. Aprobación.
- Artículo 28. Objeto y ámbito.
- Artículo 29. Contenido.
- Artículo 30. Elaboración y aprobación.
- Artículo 31. Objeto y ámbito.
- Artículo 32. Contenido.
- Artículo 33. Elaboración y aprobación.
- Artículo 34. Deberes relativos a la prevención de incendios forestales.
- Artículo 35. Instrumentos de gestión.
- Artículo 36. Actuaciones de los propietarios y titulares de derechos.
- Artículo 37. Otras actuaciones.
- Artículo 38. Actuación subsidiaria.
- Artículo 39. Usos y actividades prohibidos.
- Artículo 40. Usos y actividades sometidos a autorización previa.
- Artículo 41. Uso del fuego fuera de terrenos forestales.
- Artículo 42. Vertederos, vías de comunicación y conducciones eléctricas.
- Artículo 43. Instrumentos.
- Artículo 44. Obligatoriedad.
- Artículo 45. Vigencia y revisión.
- Artículo 46. Efectos.
- Artículo 47. Objeto y ámbito.
- Artículo 48. Contenido.
- Artículo 49. Elaboración y aprobación.
- Artículo 50. Objeto y ámbito.
- Artículo 51. Contenido.
- Artículo 52. Elaboración y aprobación.
- Artículo 53. Objeto.
- Artículo 54. Contenido.
- Artículo 55. Elaboración y aprobación.
- Artículo 56. Comunicación.
- Artículo 57. Adopción de medidas.
- Artículo 58. Competencias.
- Artículo 59. Participación de los propietarios y titulares de derechos.
- Artículo 60. Facultades de la Administración.
- Artículo 61. Calificación jurídica de los terrenos.
- Artículo 62. Obligación de restauración.
- Artículo 63. Registro de áreas incendiadas.
- Artículo 64. Enajenación de productos.
- Artículo 65. Creación y hecho imponible.
- Artículos 65 a 70.
- Artículo 66. Sujeto pasivo.
- Artículo 67. Importe de la tasa.
- Artículo 68. Devengo.
- Artículo 69. Exenciones y bonificaciones.
- Artículo 70. Gestión.
- Artículo 71. Objeto.
- Artículo 72. Clases.
- Artículo 73. Beneficiarios.
- Artículo 74. Tipificación.
- Artículo 75. Calificación de las infracciones.
- Artículo 76. Infracciones muy graves.
- Artículo 77. Infracciones graves.
- Artículo 78. Infracciones leves.
- Artículo 79. Sujetos responsables.
- Artículo 80. Reparación del daño e indemnizaciones.
- Artículo 81. Medidas complementarias.
- Artículo 82. Criterios para la graduación de las sanciones.
- Artículo 83. Sanciones.
- Artículo 84. Competencia sancionadora.
- Artículo 85. Investigación y denuncia.
- Artículo 86. Medidas provisionales.
- Artículo 87. Plazo de resolución.
- Artículo 88. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Actualización del importe de las multas.
- Disposición adicional segunda. Registro de Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
- Disposición adicional tercera. Modificación de las tasas.
- Disposición transitoria primera. Plazo de implantación de la planificación de incendios en los terrenos forestales.
- Disposición transitoria segunda. Plazo de aplicación de la Tasa de Extinción de Incendios Forestales.
- Disposición transitoria tercera. Vigencia del Decreto 54/1996, de 23 de abril.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitaciones.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil. |
| Cita | Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura. |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2004?
- Ley 5/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2004?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.