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Ley Vigente

Artículo 67. Importe de la tasa.

Artículo 67 de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura. · BOE-A-2004-13376

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-06-30.

Texto consolidado

1. El importe de la tasa figura en el Anexo I de la presente Ley.

2. En el supuesto de que el incendio forestal afecte a terrenos pertenecientes a diversos titulares, el importe de la tasa será satisfecho por cada propietario en proporción a la superficie afectada de su titularidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-06-30.

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