Artículo 43. Instrumentos.
Artículo 43 de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura. · BOE-A-2004-13376
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-06-30.
Texto consolidado
1. La lucha contra los incendios forestales se planificará a través de los siguientes instrumentos:
a) Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).
b) Planes Municipales o de Mancomunidades de Extinción de Incendios Forestales.
c) Planes de Autoprotección por Incendios Forestales.
2. Lo señalado en el párrafo anterior, se entiende sin perjuicio de la necesaria coordinación que el planeamiento descrito debe mantener con el Plan Territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX) y el Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales, en los casos en que los incendios desemboquen en la declaración de cualquier nivel de emergencia.