Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
BOE-A-2019-8794 · Boletín Oficial del Estado, 2019-06-13 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 16/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-27.
Datos clave
- Rango
- Ley 16/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-05-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 141, 2019-06-13
- Entrada en vigor
- 2019-05-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-27
- Artículos
- 133
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-8794
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Derecho subjetivo a los servicios sociales.
- Artículo 4. El sistema público de servicios sociales.
- Artículo 5. Definiciones.
- Artículo 6. Objetivos del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 7. Principios rectores del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 8. Recursos, centros y servicios del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 9. Personas con acceso al sistema público de servicios sociales.
- Artículo 10. Derechos de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 11. Derechos específicos de las personas usuarias de centros y servicios de atención diurna/nocturna y estancia residencial.
- Artículo 12. Obligaciones de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 13. Derechos de las personas profesionales del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 14. Obligaciones de las personas profesionales del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 15. Carta de derechos y obligaciones.
- Artículo 16. Definición del catálogo de servicios y prestaciones.
- Artículo 17. Elaboración y aprobación del catálogo de servicios y prestaciones.
- Artículo 18. Prestaciones del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 19. Acceso a las prestaciones del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 20. Servicios del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 21. Prestaciones económicas del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 22. Prestaciones tecnológicas del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 23. Otros servicios y prestaciones del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 24. Niveles de atención del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 25. Servicios sociales de atención primaria y comunitaria.
- Artículo 26. Funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria.
- Artículo 27. Servicios sociales de atención especializada.
- Artículo 28. Funciones de los servicios sociales de atención especializada.
- Artículo 29. Atención a las urgencias y emergencias sociales.
- Artículo 30. Disposiciones generales.
- Artículo 31. Conferencia Sectorial de Servicios Sociales.
- Artículo 32. Disposiciones generales.
- Artículo 33. Sistema Canario Unificado de Información.
- Artículo 34. Registro único de entidades, centros y servicios.
- Artículo 35. Historia social única.
- Artículo 36. Plan de intervención social.
- Artículo 37. Tratamiento de datos de carácter personal.
- Artículo 38. Atención integrada de carácter social y sanitario.
- Artículo 39. Estructuras de coordinación sociosanitaria.
- Artículo 40. Disposición general.
- Artículo 41. Consejo General de Servicios Sociales.
- Artículo 42. Funciones y estructura del Consejo General de Servicios Sociales.
- Artículo 43. Consejos insulares y municipales de servicios sociales.
- Artículo 44. Consejos sectoriales.
- Artículo 45. Comité de Ética de los Servicios Sociales.
- Artículo 46. Funciones del Comité de Ética.
- Artículo 47. Atribuciones públicas.
- Artículo 48. Competencias de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 49. Competencias de los cabildos insulares.
- Artículo 50. Competencias de los municipios.
- Artículo 51. Principios de financiación del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 52. Fuentes de financiación.
- Artículo 53. Criterios de financiación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Artículo 54. Obligaciones de las administraciones competentes.
- Artículo 55. Aportación económica de las personas usuarias.
- Artículo 56. Financiación de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria.
- Artículo 57. Financiación de los servicios sociales especializados.
- Artículo 58. Partenariado, patrocinio y mecenazgo en el sistema público de servicios sociales.
- Artículo 59. Disposición general.
- Artículo 60. Gestión directa.
- Artículo 61. Formas de la iniciativa privada.
- Artículo 62. Régimen de actuación de las entidades de iniciativa privada.
- Artículo 63. Régimen de concertación en el sistema público de los servicios sociales con entidades de iniciativa social.
- Artículo 64. Objeto de los conciertos.
- Artículo 65. Requisitos de las entidades.
- Artículo 66. Motivación para la suscripción de los conciertos y publicidad.
- Artículo 67. Formalización de los conciertos.
- Artículo 68. Efectos de los conciertos.
- Artículo 69. Duración, renovación, modificación y extinción de los conciertos.
- Artículo 70. Autorización de centros y servicios.
- Artículo 71. Acreditación administrativa.
- Artículo 72. Resolución, vigencia, revocación, suspensión y extinción de la autorización y acreditación administrativa.
- Artículo 73. La planificación de los servicios sociales.
- Artículo 74. Plan estratégico de servicios sociales.
- Artículo 75. Planes sectoriales de servicios sociales.
- Artículo 76. Mapa de servicios sociales.
- Artículo 77. Calidad de los servicios sociales.
- Artículo 78. Fomento de la formación en los servicios sociales.
- Artículo 79. Investigación e innovación tecnológica en los servicios sociales.
- Artículo 80. Estabilidad laboral y calidad del empleo.
- Artículo 81. Evaluación del sistema público de servicios sociales.
- Artículo 82. Observatorio Canario de los Servicios Sociales.
- Artículo 83. Funciones del Observatorio Canario de los Servicios Sociales.
- Artículo 84. Competencias.
- Artículo 85. Ámbito de aplicación.
- Artículo 86. Finalidad y funciones de la inspección.
- Artículo 87. Configuración y facultades del personal inspector.
- Artículo 88. Deber de colaboración de las entidades, sujetos prestadores y personas usuarias.
- Artículo 89. Planificación de las actuaciones inspectoras.
- Artículo 90. Infracciones en materia de servicios sociales.
- Artículo 91. Concurrencia de infracciones y delitos.
- Artículo 92. Actas de inspección.
- Artículo 93. Sujetos responsables.
- Artículo 94. Medidas provisionales.
- Artículo 95. Criterios de graduación de las sanciones.
- Artículo 96. Prescripciones de las infracciones y sanciones.
- Artículo 97. Órganos sancionadores.
- Artículo 98. Plazo de resolución de los procedimientos sancionadores.
- Artículo 99. Recursos.
- Artículo 100. Ejecución forzosa.
- Artículo 101. Infracciones leves.
- Artículo 102. Infracciones graves.
- Artículo 103. Infracciones muy graves.
- Artículo 104. Sanciones.
- Artículo 105. Infracciones leves.
- Artículo 106. Infracciones graves.
- Artículo 107. Infracciones muy graves.
- Artículo 108. Sanciones.
- Disposición adicional primera. Plan de inclusión social y contra la pobreza.
- Disposición adicional segunda. Primer diagnóstico del Observatorio Canario de los Servicios Sociales.
- Disposición adicional tercera. Plazo para la aprobación del catálogo de servicios y prestaciones del sistema público de servicios sociales.
- Disposición adicional cuarta. Instrumentos de coordinación interdepartamental e interadministrativa.
- Disposición adicional quinta. Reforzamiento de los servicios de inspección.
- Disposición adicional sexta. Desarrollo del artículo 24 del Estatuto de Autonomía de Canarias.
- Disposición adicional séptima. Cláusulas sociales en la contratación pública.
- Disposición adicional octava. Plazo de tramitación de los procedimientos sancionadores en materia de políticas sociales, dependencia y discapacidad y de la protección a la infan…
- Disposición adicional novena. Régimen jurídico para el ejercicio del derecho a la no inmovilización, restricción o sujeción física.
- Disposición adicional décima. Ayudas a los traslados de personas usuarias y sus acompañantes fuera de su isla de residencia y dentro del territorio nacional.
- Disposición adicional undécima. Criterios para la determinación de la capacidad económica de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales.
- Disposición adicional duodécima. Financiación.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 16/2019?
- Ley 16/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-27.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 16/2019?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 16/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.