Disposición adicional segunda. Primer diagnóstico del Observatorio Canario de los Servicios Sociales.
Disposición adicional segunda de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. · BOE-A-2019-8794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-18.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la constitución del Observatorio Canario de los Servicios Sociales a que se refiere la presente ley, este elaborará, para su posterior elevación al Gobierno de Canarias, el primer diagnóstico y análisis multisectorial de la situación y el estado de los servicios sociales en Canarias.