Artículo 96. Prescripciones de las infracciones y sanciones.
Artículo 96 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. · BOE-A-2019-8794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-18.
Texto consolidado
1. Las infracciones y sanciones en materia de servicios sociales tipificadas en esta ley prescriben, respectivamente:
a) Al año, si son leves.
b) A los tres años, si son graves.
c) A los cuatro años, las muy graves.
2. Dicho plazo comenzará a contar desde la fecha en que la infracción haya sido cometida o la sanción acordada. En el caso de las infracciones continuadas o permanentes, el plazo comenzará a contar desde que finalizó la conducta infractora.