Artículo 106. Infracciones graves.
Artículo 106 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. · BOE-A-2019-8794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-18.
Texto consolidado
Son infracciones graves de las personas usuarias o beneficiarias de los servicios y prestaciones las siguientes:
a) Falsear datos a la Administración, si la falsedad no ha sido determinante para acceder a la prestación.
b) No comunicar a la Administración los cambios o las alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.
c) Producir daños a las instalaciones del centro o servicio.
d) Alterar gravemente la convivencia del centro o servicio.
e) Cometer agresión física al personal de los centros y servicios y a las demás personas usuarias y sus acompañantes, siempre que no sea constitutiva de ilícito penal.