Disposición adicional séptima. Cláusulas sociales en la contratación pública.
Disposición adicional séptima de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. · BOE-A-2019-8794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-18.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias asume la inclusión de cláusulas sociales en la contratación pública de bienes y servicios mediante el establecimiento de criterios de valoración de ofertas vinculados con la satisfacción de exigencias sociales propias de las categorías de población especialmente desfavorecida a las que pertenezcan las personas usuarias o beneficiarias de las prestaciones de dicha contratación, en los términos señalados en la legislación de contratos del sector público.
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