Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario.
BOE-A-1993-2874 · Boletín Oficial del Estado, 1993-02-04 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 14/1992 está derogada desde el 2023-04-02: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 14/1992
- Fecha de la disposición
- 1992-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 30, 1993-02-04
- Entrada en vigor
- 1993-01-28
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2023-04-02
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 71
- Identificador BOE
- BOE-A-1993-2874
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey, y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado»; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
La Ley de Patrimonio Agrario de la Comunidad, como derecho propio, y la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, como derecho supletorio, configuran el régimen legal regulador de la acción administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de reforma y desarrollo agrario. Ambas Leyes contienen indudables aciertos, pero tanto una como otra presentan insuficiencias que requieren una innovación legislativa para hacer más eficaz la acción administrativa.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y definición.
- Artículo 2. Titularidad y gestión.
- Artículo 3. Convenios.
- Artículo 4. Fines.
- Artículo 5. Modalidades de aprovechamiento.
- Artículo 6. Composición y funcionamiento.
- Artículo 7. El Presidente.
- Artículo 8. Vocales.
- Artículo 9. Competencias del Consejo.
- Artículo 10. Modalidades.
- Artículo 11. Acceso diferido a la propiedad.
- Artículo 12. Limitaciones.
- Artículo 13. Renuncia.
- Artículo 14. Transformación del régimen.
- Artículo 15. Concesión.
- Artículo 16. Conversión del régimen.
- Artículo 17. Duración.
- Artículo 18. Adjudicación por concurso.
- Artículo 19. Destino de los bienes.
- Artículo 20. Requisitos personales.
- Artículo 21. Bases para la adjudicación.
- Artículo 22. Características y limitaciones.
- Artículo 23. Canon y precio.
- Artículo 24. Duración del régimen.
- Artículo 25. Subrogaciones y renovaciones.
- Artículo 26. Obligaciones del adjudicatario.
- Artículo 27. Extinción de las adjudicaciones.
- Artículo 28. Obras y mejoras.
- Artículo 29. Concepto.
- Artículo 30. Concepto.
- Artículo 31. Definición.
- Artículo 32. Notificación y plazo.
- Artículo 33. Derecho de retracto.
- Artículo 34. Expropiación.
- Artículo 35. Cautelas notariales.
- Artículo 36. Cautelas registrales.
- Artículo 37. Cautelas administrativas.
- Artículo 38. Derecho de recuperación.
- Artículo 39. Adquisición de la propiedad de los bienes.
- Artículo 40. Limitaciones al dominio.
- Artículo 41. Garantías.
- Artículo 42. Transmisión mortis causa de los bienes.
- Artículo 43. Cautelas.
- Artículo 44. Tierras en exceso.
- Artículo 45. Transmisión.
- Artículo 46. Efectos de la transmisión.
- Artículo 47. Transmisión anterior a la declaración de reserva.
- Artículo 48. Subrogación.
- Artículo 49. Definición.
- Artículo 50. Requisitos.
- Artículo 51. Solicitud.
- Artículo 52. Resolución administrativa y Plan de trabajo.
- Artículo 53. Contenido del Plan de trabajo.
- Artículo 54. Información pública.
- Artículo 55. Proyecto de concentración parcelaria.
- Artículo 56. Contenido del Proyecto.
- Artículo 57. Información pública.
- Artículo 58. Acta de reorganización de la propiedad.
- Artículo 59. Financiación.
- Artículo 60. Concentración parcelaria por el sistema de permuta.
- Artículo 61. Solicitud.
- Artículo 62. Formalización.
- Artículo 63. Aprobación.
- Artículo 64. Clases y obras.
- Artículo 65. Ejecución, financiación y reintegros.
- Disposición adicional primera. Derechos de la Comunidad Autónoma en las comunidades de usuarios de agua.
- Disposición adicional segunda. Adjudicaciones conforme a lo dispuesto en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
- Disposición adicional tercera. Concesiones anteriores a la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (6)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 14/1992?
- Ley 14/1992 está derogada desde el 2023-04-02: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 14/1992?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 14/1992?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.