Artículo 64. Clases y obras.
Artículo 64 de la Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario. · BOE-A-1993-2874
Atención: Ley 14/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En las comarcas o zonas de actuación determinadas por decreto, las obras a realizar por la Diputación General de Aragón podrán clasificarse en los siguientes grupos:
a) Obras de interés general.
b) Obras de interés común.
c) Obras de interés agrícola privado.
d) Obras complementarias.