Artículo 14. Transformación del régimen.
Artículo 14 de la Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario. · BOE-A-1993-2874
Atención: Ley 14/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los adjudicatarios de bienes propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón que hayan optado por el régimen de concesión tendrán derecho a transformar el mismo por el de adjudicación en propiedad, de acuerdo con lo establecido en esta Ley y normas de desarrollo.