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Ley Derogada

Artículo 32. Notificación y plazo.

Artículo 32 de la Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario. · BOE-A-1993-2874

Atención: Ley 14/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El propietario que se proponga enajenar deberá notificar fehacientemente al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes su propósito y las circunstancias esenciales de la enajenación que pretende.

2. Desde la notificación, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes dispondrá de un plazo de treinta días naturales para adquirir los bienes de enajenación por el precio de la oferta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-28.

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