Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja.
BOE-A-2010-658 · Boletín Oficial del Estado, 2010-01-16 · Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 7/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-12-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 14, 2010-01-16
- Entrada en vigor
- 2010-01-17
- Departamento
- Comunidad Autónoma de La Rioja
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 123
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-658
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. El Sistema Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 3. Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 4. Derecho subjetivo a los servicios sociales.
- Artículo 5. Titulares del derecho a los servicios sociales.
- Artículo 6. Ámbito de aplicación.
- Artículo 7. Principios del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 8. Derechos de las personas usuarias.
- Artículo 9. Derechos de los profesionales de los servicios sociales.
- Artículo 10. Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales.
- Artículo 11. Deberes del personal profesional de los servicios sociales.
- Artículo 12. Objetivos del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 13. Reserva de denominación.
- Artículo 14. Estructura.
- Artículo 15. Modalidades de atención.
- Artículo 16. Descripción.
- Artículo 17. Funciones.
- Artículo 18. Descripción.
- Artículo 19. Funciones.
- Artículo 20. Recursos.
- Artículo 21. Servicios.
- Artículo 22. Prestaciones.
- Artículo 23. Definición del Catálogo de servicios y prestaciones.
- Artículo 24. Catálogo de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 25. Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 26. Actualización de la Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 27. Principios Generales.
- Artículo 28. Competencias del Gobierno de La Rioja.
- Artículo 29. Competencias de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
- Artículo 30. Competencias de las entidades locales.
- Artículo 31. Planificación general.
- Artículo 32. Planificación estratégica.
- Artículo 33. Planificación sectorial.
- Artículo 34. Principios de la organización territorial.
- Artículo 35. Competencia.
- Artículo 36. Organización territorial de los Servicios Sociales de Primer Nivel.
- Artículo 37. Zona Básica de servicios sociales.
- Artículo 38. Demarcación de servicios sociales.
- Artículo 39. Organización territorial de los Servicios Sociales de Segundo Nivel.
- Artículo 40. Coordinación entre las Administraciones Públicas de La Rioja.
- Artículo 41. Colaboración entre las Administraciones Públicas de La Rioja.
- Artículo 42. Fuentes de la financiación.
- Artículo 43. Suficiencia financiera del sistema.
- Artículo 44. Financiación de los Servicios Sociales de Primer Nivel.
- Artículo 45. Financiación de los Servicios Sociales de Segundo Nivel.
- Artículo 46. Financiación de los servicios y prestaciones.
- Artículo 47. Financiación de las infraestructuras y equipamientos de servicios sociales.
- Artículo 48. Participación de las personas usuarias en la financiación de los servicios.
- Artículo 49. Garantía de la participación.
- Artículo 50. Consejo Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 51. Funciones del Consejo Riojano de Servicios Sociales.
- Artículo 52. Consejos sectoriales de servicios sociales.
- Artículo 53. Consejos locales de servicios sociales.
- Artículo 54. Voluntariado en servicios sociales.
- Artículo 55. Disposiciones generales.
- Artículo 56. Sistema Riojano de Información de Servicios Sociales.
- Artículo 57. Sistemas de evaluación y de mejora continua de la calidad.
- Artículo 58. Fomento de la investigación en servicios sociales.
- Artículo 59. Fomento de la formación en servicios sociales.
- Artículo 60. Disposiciones generales.
- Artículo 61. Formas de prestación de los servicios sociales.
- Artículo 61 bis. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro.
- Artículo 61 ter. El concierto social.
- Artículo 61 quater. Objeto de los conciertos sociales.
- Artículo 62. Disposiciones generales.
- Artículo 63. Definición.
- Artículo 64. Naturaleza y funciones del registro de entidades, centros y servicios de servicios sociales.
- Artículo 65. Inscripción registral.
- Artículo 66. Autorización de centros y servicios.
- Artículo 67. Clases de autorizaciones administrativas.
- Artículo 68. Competencia.
- Artículo 69. Requisitos mínimos para obtener la autorización administrativa.
- Artículo 70. Procedimiento y efectos.
- Artículo 71. Acreditación administrativa de centros y servicios.
- Artículo 72. Requisitos mínimos para la acreditación administrativa.
- Artículo 73. Procedimiento y efectos.
- Artículo 74. Función inspectora.
- Artículo 75. Carácter de la inspección.
- Artículo 76. Funciones.
- Artículo 77. Facultades.
- Artículo 78. Deberes.
- Artículo 79. Actuaciones inspectoras.
- Artículo 80. Principio general.
- Artículo 81. Sujetos responsables de la infracción.
- Artículo 82. Infracciones en servicios sociales.
- Artículo 83. Infracciones leves.
- Artículo 84. Infracciones graves.
- Artículo 85. Infracciones muy graves.
- Artículo 86. Reincidencia.
- Artículo 87. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 88. Sanciones.
- Artículo 89. Sanciones complementarias.
- Artículo 90. Graduación de las sanciones.
- Artículo 91. Reconocimiento de responsabilidad o pago voluntario.
- Artículo 92. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 93. Multas coercitivas.
- Artículo 94. Órganos competentes.
- Artículo 95. Medidas provisionales.
- Artículo 96. Iniciación.
- Artículo 97. Instrucción.
- Artículo 98. Actuaciones complementarias.
- Artículo 99. Finalización.
- Artículo 100. Infracciones.
- Artículo 101. Sujetos responsables.
- Artículo 102. Sanciones.
- Artículo 103. Sanción accesoria automática.
- Artículo 104. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 105. Procedimiento.
- Disposición adicional primera. Servicios y prestaciones no incluidos en el catálogo.
- Disposición adicional segunda. Acción administrativa contra el fraude.
- Disposición adicional tercera. Datos de carácter personal.
- Disposición adicional cuarta. Viviendas colaborativas.
- Disposición adicional cuarta. Plazo máximo de resolución en los procedimientos en materia de dependencia [sic].
- Disposición adicional quinta. Parejas de hecho.
- Disposición adicional sexta. Calendario de implantación de las ratios de profesionales.
- Disposición transitoria primera. Acreditación de centros y servicios.
- Disposición transitoria segunda. Servicios del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.
- Disposición transitoria tercera. Continuidad en los servicios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aprobación de la Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre |
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja. |
| Deroga | Ley 5/1998, de 16 de abril |
| Deroga | Ley 1/2002, de 1 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2009?
- Ley 7/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2009?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.