Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja.
BOE-A-2022-16127 · Boletín Oficial del Estado, 2022-10-04 · Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 11/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 11/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-09-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 238, 2022-10-04
- Entrada en vigor
- 2022-09-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de La Rioja
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 87
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-16127
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Principios rectores de la ley de actuación de los poderes públicos.
- Artículo 3. Ámbito personal y territorial de aplicación.
- Artículo 4. Concepto de la violencia de género.
- Artículo 5. Formas y manifestaciones de la violencia de género.
- Artículo 6. Concepto de víctima de violencia de género y acreditación.
- Artículo 7. Supervivientes.
- Artículo 8. Objetivo y ámbito de las medidas de prevención.
- Artículo 9. Medidas de prevención en el ámbito educativo.
- Artículo 10. Coeducación.
- Artículo 11. Formación del profesorado y del personal socioeducativo no docente.
- Artículo 12. Currículos educativos.
- Artículo 13. Planes educativos.
- Artículo 14. Informe del Consejo Escolar de La Rioja.
- Artículo 15. Escolarización en caso de violencia de género.
- Artículo 16. Formación en las universidades.
- Artículo 17. Formación de personal de las Administraciones públicas.
- Artículo 18. Formación en el ámbito de los servicios sociales y de otros profesionales.
- Artículo 19. Formación de calidad.
- Artículo 20. Campañas de sensibilización.
- Artículo 21. Campañas de información.
- Artículo 22. Medidas en el ámbito de los medios de comunicación.
- Artículo 23. Medidas en el ámbito de la publicidad.
- Artículo 24. Responsabilidad institucional en la detección de la violencia de género.
- Artículo 25. Protocolos de actuación.
- Artículo 26. Respuesta ante emergencias sanitarias o de otro tipo.
- Artículo 27. Derecho a la atención sanitaria.
- Artículo 28. Estrategia de detección y atención sanitaria.
- Artículo 29. Atención psicológica.
- Artículo 30. Atención social en el ámbito de la salud.
- Artículo 31. Planes, protocolos de actuación y coordinación sanitaria.
- Artículo 32. Derecho a la atención social integral.
- Artículo 33. Estrategia de detección y atención a la violencia de género.
- Artículo 34. Planes de servicios sociales y encuestas.
- Artículo 35. Concepto de atención social integral.
- Artículo 36. Reglas de actuación de la red de atención integral.
- Artículo 37. Derecho a la información.
- Artículo 38. Ventanilla única de violencia de género.
- Artículo 39. Línea telefónica de información y emergencia.
- Artículo 40. Servicio de Urgencias Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 41. Servicios de información y primera atención.
- Artículo 42. Red de Recursos.
- Artículo 43. Competencia de los municipios.
- Artículo 44. Centros municipales de apoyo a la mujer.
- Artículo 45. Atención y recuperación psicosocial integral.
- Artículo 46. Atención psicológica y psicoeducativa para niños, niñas y jóvenes.
- Artículo 47. Recuperación para víctimas de violencia sexual.
- Artículo 48. Atención integral para víctimas de trata de mujeres y explotación sexual.
- Artículo 49. Detección y atención en materia de mutilación genital femenina y matrimonio forzado.
- Artículo 50. Puntos de encuentro familiar.
- Artículo 51. Actuación de la entidad pública de protección de menores.
- Artículo 52. Fomento de la inserción en el empleo.
- Artículo 53. Ayudas de emergencia.
- Artículo 54. Ayudas escolares.
- Artículo 55. Renta de ciudadanía.
- Artículo 56. Medidas para el acceso a la vivienda y residencias públicas para mayores.
- Artículo 57. Derecho a la asistencia jurídica especializada.
- Artículo 58. Personación en los procedimientos penales iniciados por causas de violencia contra las mujeres.
- Artículo 59. Especialización del personal funcionario y laboral del ámbito judicial.
- Artículo 60. Colaboración en la formación de la fiscalía, la judicatura, los letrados y letradas de la Administración de Justicia y los abogados y abogadas.
- Artículo 61. Medidas para la seguridad en los procedimientos judiciales.
- Artículo 62. Derecho a intérprete y al facilitador o facilitadora.
- Artículo 63. Contenido y finalidad del derecho.
- Artículo 64. Especialización y protocolos de actuación policial.
- Artículo 65. Coordinación de las órdenes de protección y seguimiento.
- Artículo 66. Dimensión individual del derecho a la reparación.
- Artículo 67. Ayudas para la completa recuperación y garantía de no repetición.
- Artículo 68. Dimensión colectiva del derecho a la reparación.
- Artículo 69. Objeto.
- Artículo 70. Investigación.
- Artículo 71. Recogida de información y encuestas.
- Artículo 72. Garantías de aplicación de la ley.
- Artículo 73. Formación profesional permanente.
- Artículo 74. Plan de acción y planes sectoriales.
- Artículo 75. Coordinación.
- Artículo 76. Comisión de Seguimiento contra la Violencia de Género.
- Artículo 77. Informe anual de seguimiento.
- Disposición adicional primera. Dotación presupuestaria.
- Disposición adicional segunda. Servicio de Urgencias Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de los protocolos aprobados con anterioridad a esta ley.
- Disposición transitoria segunda. Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de los artículos 1 y 36 de la Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia e…
- Disposición final segunda. Modificación del anexo. Catálogo de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales, de la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, …
- Disposición final tercera. Habilitación competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 11/2022?
- Ley 11/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 11/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.