Artículo 38. Ventanilla única de violencia de género.
Artículo 38 de la Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja. · BOE-A-2022-16127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-23.
Texto consolidado
El Gobierno de La Rioja implantará un servicio telemático único de atención a las víctimas de violencia de género, siguiendo el criterio de accesibilidad de la información y la atención de la red de atención integral, que centralice todos los servicios de atención, intervención y recuperación, facilitando así a las víctimas el ejercicio de sus derechos y el acceso a todos los servicios y recursos de atención y recuperación contemplados en esta ley, y el resto de cuantos disponga la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Esta ventanilla única servirá para concentrar el acceso a los distintos servicios y recursos de los que disponen las víctimas de violencia de género, facilitando y agilizando así los procedimientos.