Artículo 70. Investigación.
Artículo 70 de la Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja. · BOE-A-2022-16127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-23.
Texto consolidado
1. El Gobierno de La Rioja realizará e impulsará estudios y trabajos de investigación sobre las causas, características, extensión y consecuencias de la violencia contra las mujeres en el medio rural y en el medio urbano, especialmente respecto a las mujeres jóvenes, así como sobre la evaluación de la eficacia de las medidas aplicadas para su prevención y erradicación y los medios necesarios para su tratamiento. Dichos estudios y trabajos se dirigirán a profundizar en el conocimiento del grave problema social.
2. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja articulará medidas de apoyo a la elaboración de estudios, investigaciones y tesis doctorales que versen sobre el estudio de la violencia contra las mujeres y los principios que inspiran la presente ley.
3. Igualmente, la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja difundirá el resultado de los estudios e investigaciones que se consideren de interés. La difusión se realizará de forma universal y gratuita y tendrá en cuenta la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.