Artículo 26. Respuesta ante emergencias sanitarias o de otro tipo.
Artículo 26 de la Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja. · BOE-A-2022-16127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-23.
Texto consolidado
En el supuesto de crisis sanitarias que afecten a toda la población u otras situaciones de urgencia, se articularán los procedimientos necesarios para dar una respuesta ágil a las mujeres, a sus hijos e hijas, así como a otras personas convivientes sujetas a guarda o curatela de la mujer víctima de violencia de género y personas convivientes dependientes o que estén a su cargo y sean víctimas de violencia de género.