Disposición adicional segunda. Servicio de Urgencias Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición adicional segunda de la Ley 11/2022, de 20 de septiembre, contra la Violencia de Género de La Rioja. · BOE-A-2022-16127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-23.
Texto consolidado
Se crea como un dispositivo de atención inmediata, para ofrecer información y atención desde una perspectiva integral, a las personas que se encuentren en una situación de necesidad social por circunstancias sobrevenidas que requieran una intervención urgente.